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Viernes, 22 Noviembre 2024 00:52

HAY 19 PROHIBICIONES E INHABILIDADES PARA CANDIDATOS A FISCAL

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QUITO (Agencia ANE)._  El CPCCS estableció 19 prohibiciones  e inhabilidades  y 3 requisitos para los candidatos a ocupar el cargo de Fiscal General del Estado.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social  tras un largo conflicto  interno  que buscaba  acomodar  los requisitos, prohibiciones e inhabilidades, acorde a los intereses   de las organizaciones y movimientos políticos a los que pertenecen, alcanzó un acuerdo   que deben cumplir los postulantes.

La designación del nuevo Fiscal General  deberá  concretarse a más tardar  hasta finales del primer trimestre del 2025. Reemplazará  a la Fisca General, Diana Salazar,  considerada como  la mujer  que logró  poner en la cárcel a una banda  de atracadores de los fondos públicos  que operaron durante el gobierno de la revolución ciudadana. Incluso  los dos gobernante, Rafael Correa y Jorge Glas,  fueron sentenciados por ser los cabecillas  de las organizaciones criminales dedicadas  a recibir sobornos a cambio de contratos públicos. 

  LOS REQUISITOS  

De acuerdo al reglamento   para la postulación  al concurso para la selección y designación de la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado, los candidatos  deberán  cumplirán  los siguientes requisitos:

  •    Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos;
  •   Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país y conocimientos en gestión administrativa; y,
  • Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia universitaria en materia penal por un lapso mínimo de diez años.

PROHIBICIONES E INHABILIDADES 

Además de las prohibiciones determinadas en la  Constitución de la República del Ecuador, el Código Orgánico de la Función Judicial y la Ley  Orgánica del Servicio Público con su Reglamento General, no podrá postularse para ejercer el cargo de  Fiscal  General del Estado quien:

  •   Se hallare incurso en las inhabilidades establecidas en el artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial;
  • Posea, a título personal o a través de su cónyuge, bienes, capitales, inversiones, fondos,acciones, participaciones de cualquier naturaleza en paraísos fiscales;
  • Sea cónyuge, tenga unión de hecho o sea familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad del presidente/a o vicepresidente/a de la República, ministros/as de Estado, de los asambleístas, vocales del Consejo de la Judicatura, Fiscal General del Estado saliente, defensor público, consejeros del Consejo Nacional Electoral, jueces del Tribunal Contencioso Electoral, jueces de la Corte Constitucional, jueces de la Corte Nacional de Justicia, y ex miembros de la Función de Transparencia;
  •  Hubiese sido condenado o condenada por sentencia ejecutoriada a pena privativa de libertad, por delitos de violencia contra la mujer y otros, mientras ésta subsista;
  • Tenga contrato con el Estado, como persona natural, socio o socia, representante, apoderado o apoderada de personas jurídicas, nacionales o extranjeras, celebrado para la adquisición de bienes, ejecución de obras públicas, prestación de servicios públicos sin relación de dependencia o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual;
  • Se hallare en interdicción judicial, mientras esta subsista, salvo el caso de insolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta;
  • Tenga sentencia ejecutoriada del Tribunal Contencioso Electoral por alguna infracción tipificada en la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República de Ecuador -Código de la Democracia-, sancionada con la suspensión de los derechos políticos y de participación, mientras ésta subsista;
  • No haya cumplido las medidas de rehabilitación resueltas por autoridad competente, encaso de haber sido sancionado o sancionada por violencia intrafamiliar o de género;
  • Haya ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto;
  • Haya sido sancionado o sancionada por delitos de lesa humanidad;
  • Tenga obligaciones en mora con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) como empleador o prestatario;
  •  Tenga obligaciones tributarias con deuda en firme con el Servicio de Rentas Internas (SRI);
  •  Tenga obligaciones pendientes de pago con el sector público, sin fórmula de arreglo ocompensación y que no esté pendiente de resolución judicial;
  •   Sea miembro de las Fuerzas Armadas, de la Policial Nacional en servicio activo, o representante de cultos religiosos;
  •  Tengan dos o más de dos pensiones alimenticias vencidas y que se reflejen en el Sistema
  • Único de Pensiones Alimenticias (SUPA);
  • Sea cónyuge, tenga unión de hecho, o sea pariente dentro del cuarto grado deconsanguinidad o segundo de afinidad de las Consejeras o Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y/o de las y los miembros de la Comisión Ciudadana de Selección;
  • Haya sido sancionado o sancionada con destitución por responsabilidad administrativa en firme o tenga sanción en firme por responsabilidad civil o penal en el ejercicio de funciones públicas, sin que se encuentre rehabilitado o rehabilitada;
  • Incurra en alguna de las inhabilidades, impedimentos o prohibiciones para el ingreso o reingreso al sector público;
  • Se encontrare en condición de procesado, llamado a juicio por cualquiera de los delitos relacionados con corrupción y crimen organizado, mientras el proceso penal correspondiente se encuentre en trámite;
  • Haber sido sancionado con sentencia condenatoria ejecutoriada por cualquier tipo penal de los tipificados en el Código Orgánico Integral Penal;
  • Haya ejercido el patrocinio judicial como defensor técnico particular de personas vinculadas a estructuras criminales, llamadas a juicio o condenadas por delitos de crimen organizado: terrorismo; genocidio; etnocidio; exterminio; esclavitud; deportación o traslado forzoso de población; desaparición forzada; ejecución extrajudicial; persecución;apartheid; delitos de lesa humanidad; trata de personas; tráfico de órganos; turismo parala extracción, tratamiento  ilegal o comercio de órganos; explotación sexual de personas; prostitución forzada; turismo sexual; pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes; comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes; sicariato; secuestro; secuestro extorsivo; extorsión; tráfico ilícito de migrantes; producción ilícita de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización; tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (alta escala); tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (gran escala); organización o financiamiento para la producción o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización; actividad ilícita de recursos mineros; almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en las provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales o mar territorial; sustracción de hidrocarburos; espionaje; tráfico ilícito de armas de fuego, armas químicas, nucleares o biológicas; terrorismo; financiación del terrorismo; delincuencia organizada, dentro de los diez últimos años; y, 
  • Las demás prescritas en la Constitución y la ley.
  • El o la postulante acreditará no estar incurso en ninguna de las prohibiciones señaladas mediante una declaración juramentada otorgada ante Notario Público en un formato único aprobado por el  Consejo de Participación Ciudadana y Control Social
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