También analiza la reanudación parcial de las actividades de la administración pública que continua paralizada.
Un cambio al Acuerdo 2020-77 del ministerio del trabajo, autoriza al empleador privado modificar la jornada laboral de sus trabajadores incluyendo el trabajo en sábados y domingos. Podrán, dice el Acuerdo, una vez reanudadas las operaciones determinar la forma y el horario de recuperación de hasta 12 horas semanales y los días sábados de 8 horas diarias.
El empleador y los trabajadores deberán ponerse de acuerdo para establecer un calendario de pago de la remuneración generada durante la suspensión. De la misma forma el empleador podrá fijar la fecha de inicio y fin de uso del período de vacaciones acumuladas a las que tiene derecho el trabajador.
Podrán acordar como resolver los problemas ante la imposibilidad de movilización, prevenir los riesgos a que esté expuesta la salud de los trabajadores y las condiciones económicas que enfrente la empresa.
De otro lado el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana amplió los plazos para que extranjeros permanezcan en el país según su estatus migratorio, pero una vez que concluya la emergencia, deberán, en un plazo de 30 días, regularizar su estatus migratorio También suspendió los plazos de ausentismo para extranjeros con residencia temporal o permanente que no hayan podido retornar al país.Todos los plazos se reanudarán una vez que termine la emergencia sanitaria.
