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Viernes, 14 Junio 2024 00:17

MULTAS SI NO ENTREGAN COMPRABANTE DE VENTA

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QUITO (Agencia Ane)._ Los contribuyentes que no entreguen comprobantes de venta o no transmitan a la Administración Tributaria los comprobantes de venta electrónicos, serán sancionados con una multa de entre 1 a 30 remuneraciones básicas unificadas. 

Las multas están establecidas en   el articulo 26 de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, que dispone  que toda transacción que implique la transferencia de bienes o prestación de servicios trae consigo la obligación de emitir comprobantes de venta, retención y documentos complementarios. Estos documentos deben ser transmitidos a la Administración Tributaria dentro de los plazos previstos para tal efecto.

 El 6 de junio pasado  el Servicio de Rentas Internas emitió la Resolución No. DGERCGC24-00000022.

La Resolución establece que se aplicarán multas en caso de no entregar comprobantes de venta, incluyendo la entrega de comprobantes físicos cuya autorización se encuentre caducada a la fecha de emisión; la entrega de comprobantes electrónicos sin autorización; la entrega de comprobantes cuya autorización le pertenezca a un tercero; y, de modo general, la entrega comprobantes no autorizados.

 

 TABLA DE MULTAS 

 

Características del contribuyente

Cuantía de sanciones pecuniarias expresadas en Remuneraciones Unificadas del trabajador en general (RBU)

No entregar comprobantes de venta

No transmitir a la Administración Tributaria comprobantes de venta electrónicos

Gran contribuyente y grandes patrimonios

20 RBU

30 RBU

Contribuyente especial (No considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios)

10 RBU

15 RBU

Sociedades diferentes a sin fines de lucro, sucesiones indivisas y personas naturales, obligadas a llevar contabilidad (no considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios ni contribuyentes especiales)

7 RBU

10 RBU

Sociedades sin fines de lucro

4 RBU

5 RBU

Sucesiones indivisas y personas naturales, no obligadas a llevar contabilidad (no considerados como grandes contribuyentes o grandes patrimonios ni contribuyentes especiales)

4 RBU

5 RBU

Contribuyentes considerados como negocios populares dentro del Régimen RIMPE

1 RBU

1 RBU

Contribuyentes no inscritos en el RUC

1 RBU

1 RBU

 

 

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