QUITO (Agencia ANE) Danillo Carrera, cuñado del expresidente Guillermo Lasso recibió una condena de10 años por el delito de delincuencia organizada.
El Tribunal de Garantías Penales de la Corte Nacional de Justicia además de condenar a Carrera, sentenció a su cómplice Antonio Icaza a 9 años de cárcel. Carrera recibió el fallo en su domicilio de Guayaquil en donde cumple prisión domiciliaria por su edad.
Carrera , según la Fiscalía General del Estado, fue el líder de la Organización criminal e Icaza su colaborador inmediato.
La sentencia también contempla el pago de 682.188 dólares que deberán hacer cada uno de los condenados como parte de la reparación integral al Estado y la colocación de un buzón de transparencia en la empresa pública CNEL, como fue el pedido de la Institución.
El cuñado de Lasso, entre 2021 y 2023, formó una red de corrupción con Rubén Cherres, quien fue asesinado junto a otras tres personas en su domicilio, con el objetivo de obtener beneficios económicos a través de la adjudicación de contratos con el Estado, con la colaboración de los otros procesados.
Fiscalía explicó que los líderes aprovecharon la designación de Hernán Luque. como director de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO), para nombrar a Antonio Icaza. como gerente de CNEL., quien generó influencias para la adjudicación de contratos en el sector eléctrico, beneficiando a las otras dos procesadas en esta causa.
Luque está a la espera de ser extraditado de Argentina en donde se encuentra preso luego que fue localizado.
Además, los líderes de la organización operaron en otras empresas públicas, como BanEcuador y el Servicio Nacional de Aduanas, colocando personas cercanas en puestos directivos para conseguir contratos.
Los sentenciados actuaron con pleno conocimiento de la comisión de un acto ilícito, direccionando procesos de contratación. En las conversaciones extraídas durante la investigación y presentadas ante el Tribunal, quedó clara la forma de participación de cada uno de los procesados para evitar riesgos para la organización.
Estos elementos probatorios fueron analizados de forma integral por parte de los miembros del Tribunal, quienes señalaron que los mismos son suficientes para probar la existencia del delito y la responsabilidad de los dos procesados en esta audiencia.
El delito de delincuencia organizada se encuentra tipificado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). En este caso contempla una pena privativa de libertad de hasta 10 años. La sentencia será apelada, según los defensores de los sentenciados.
El caso Carrera fue una de las causas para la estrepitosa caída del gobierno de Lasso, quien optó por perder el cargo disolviendo a la Asamblea Nacional y convocando a nuevas elecciones generales.